El homicidio colectivo ocurrió el pasado 3 de febrero, en Ciénaga (Magdalena). Las víctimas, entre ellas un menor de edad, fueron puestas en estado de indefensión y recibieron varios disparos.
Al acoger la solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario a Juan Ramiro Ramírez Navas y Carlos Mario Romo Ditta, como presuntos responsables de la muerte de cuatro personas, en el sector de Tucuringa, en Ciénaga (Magdalena).
El pasado 3 de febrero, los hoy procesados, en compañía de otros hombres armados, habrían llegado a una zona de extracción de oro con el propósito de robar el material obtenido. Al parecer, ingresaron a una vivienda prefabricada, pusieron en estado de indefensión a los ocupantes, entre ellos un adolescente de 16 años, y les dispararon.
La investigación permitió conocer que Ramírez Navas y Romo Ditta quedaron heridos el día de los hechos. El primero, luego de forcejear con una de las víctimas; y el segundo, horas después del crimen cuando regresó al lugar para tratar de llevarse una cantidad importante de oro.
En ese sentido, una fiscal de la Delegada para la Seguridad Territorial les imputó los delitos de: homicidio agravado; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos; y tentativa de hurto calificado y agravado.
Esta información se publica por razones de interés general.
AMCJ/JARG/GXG/DSM/CAM/DST/MCR/
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.