Como Yorgenis José Tobar López fue identificado un hombre, de nacionalidad venezolana, quien fue capturado en flagrancia y privado de la libertad por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, ante un juez de control de garantías, como presunto implicado en una extorsión a un comerciante, en el municipio de Jamundí (Valle del Cauca).

Según la Fiscalía, Tobar López, al parecer, desde el pasado 10 de noviembre, hacía exigencias económicas de 20 millones de pesos a la víctima, haciéndose pasar como integrante del Tren de Aragua; le enviaba fotografías del negocio y del lugar de su residencia. Asimismo, lo intimidaría con atentar contra su vida o la de sus familiares.

En la fotografía se aprecia a Yorgenis José Tobar López, de pie y con los brazos atrás. Viste Camiseta de manga corta color negra, pantaloneta con estampado gris y blanco y pantuflas blancas. A lado y lado de él hay uniformados del Gaula de la Policía Nacional. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Policía.
Yorgenis José Tobar López, presunto implicado en extorsión a un comerciante de Jamundí (Valle del Cauca).

El hoy imputado fue capturado el pasado 16 de noviembre, en una vía pública del barrio Ampudia, del municipio en mención, donde personal del Gaula de la Policía sorprendió al hoy imputado cuando presuntamente, recibía dinero, al parecer, producto del ilícito.

La Fiscalía le imputó al capturado el delito de extorsión agravada, por lo que el juez decidió que el presunto implicado debe cumplir la medida de aseguramiento en centro carcelario.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.