Sobre el asegurado pesa una circular azul de la Interpol y figuraba en el cartel de los 12 más buscados por las autoridades en Buenaventura
Félix Alberto Landázury Caicedo, alias Piota, presunto miembro de la banda La Local, facción Los espartanos, fue cobijado con medida de aseguramiento en establecimiento carcelario por su presunta responsabilidad en los delitos de fabricación, tráfico, y porte de armas de fuego, accesorios, partes y municiones de uso privativo, de uso restringido de las Fuerzas Armadas, y explosivos agravado.
Sobre Landázuri Caicedo pesa una circular azul de la Interpol, cuyo propósito es localizar, identificar u obtener información sobre una persona de interés en una investigación criminal. Además figuraba en cartel de los 12 más buscados por las autoridades en Buenaventura.
El hombre fue detenido en el sector Carmelita del barrio 6 de enero por agentes de la Sijin de la Policía Nacional junto con soldados del Ejército en una vivienda, en donde se incautaron una pistola 9 milímetros marca Ruger con su proveedor para 15 cartuchos, 6 cartuchos calibre 9 milímetros y un teléfono celular.
Piota será trasladado a la cárcel de mediana seguridad de Palmira, oriente del Valle.
Asimismo, el juez avaló la imputación contra Eva Daza, quien se encontraba con el asegurado en el momento de su captura el pasado 22 de marzo, por los delitos de fabricación, tráfico, y porte de armas de fuego, accesorios, partes y municiones de uso privativo, de uso restringido de las Fuerzas Armadas y explosivos agravado y fue cobijada con medida de aseguramiento en lugar de residencia.
La Fiscalía habla con resultados
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados
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JGP/DP/CFG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.