El sentenciado abusó de su sobrina política, a quien también amenazó para que no contara lo sucedido, so pena de agredir a sus hermanos menores.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General  de la Nación, en coordinación con uniformados de la Policía Nacional, capturaron en Montería (Córdoba) a un hombre, requerido para cumplir una condena a 18 años de prisión por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.

Los abusos, de los que fue víctima una menor de 8 años, iniciaron en mayo de 2008 y se prolongaron, al menos, hasta noviembre del mismo año. Debido a los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida se esclareció que el sentenciado, en su calidad de tío político, aprovechó los momentos en que la niña era dejada a su cuidado, para someterla a vejámenes sexuales.

Las agresiones ocurrieron en una vivienda del barrio Samarla de Montería (Córdoba) donde el victimario, de 43 años, convivía con la menor. El ente acusador evidenció que los delitos atribuidos al hombre se presentaron en múltiples oportunidades.

Además, se estableció que el hombre amenazaba a la víctima con abusar de sus hermanos, también menores de edad, en caso de que contara lo sucedido. Por estos hechos y con base en la sentencia que pesaba en su contra, las autoridades capturaron al sentenciado el pasado 5 de mayo en el barrio Granada de la capital cordobesa.

Tras decretar la legalidad de la captura, el juez dispuso que el director del Establecimiento Penitenciario y Carcelario ‘Las Mercedes’ de Montería reciba allí al condenado para que cumpla la pena impuesta.

VHGB/MAGA/RP/DSC

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.