La Fiscalía General de la Nación, Seccional Norte de Santander, imputó cargos a Alejandro Peña Olave, Joel Alberto Márquez Morales y Jaiker Julio Olave Rodríguez como presuntos responsables del delito de porte de armas de fuego.

En la fotografía aparecen tres hombres capturados con el rostro difuminado, junto a uniformado del Ejército Nacional y otro de la Policía Nacional. En la parte posterior se observa un banner con los logos de la Fiscalía, Ejército y Policía Nacional
Joel Alberto Márquez Morales y Jaiker Julio Olave Rodríguez, fueron capturados en flagrancia en zona urbana de Tibú (Norte de Santander) portando un arma de fuego.

Un juez con funciones de control de garantías de Cúcuta (Norte de Santander) acogió los argumentos de la Fiscalía e impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra los tres procesados.

Los hombres fueron capturados en flagrancia este 14 de septiembre en el barrio Libertadores de Tibú (Norte de Santander) por personal del Ejercito y la Policía Nacional cuando adelantaban labores de control y registro.

En la diligencia se les incautó una pistola marca, cinco cartuchos y un proveedor con capacidad para 17 cartuchos, los cuales fueron hallados en la parte trasera del vehículo en que se movilizaban los procesados.

En audiencias preliminares los investigados no aceptaron su responsabilidad y fueron remitidos a la cárcel Modelo de esta ciudad.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

MPHA/CFG/JEMM/DSNS

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.