En la fotografía aparece de pie, con los brazos adelante y esposado Emir Andrés González Naranjo. Usa gorra de color negro con bordes de color blanco. Viste con camiseta de color verde manzana, de manga cortas; jean azul y zapatillas negras con zuela blanca. Al extremo izquierdo de él hay un servidor del CTI de la Fiscalía y al derecho se aprecia un uniformado de la Policía Nacional. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Fiscalía.
Emir Andrés González Naranjo, fue capturado para cumplir sentencia condenatoria de 48 meses de prisión, como responsable del delito de fabricación, tráfico o porte de estupefacientes, en Tuluá (Valle del Cauca).

Investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación en coordinación con la Policía Nacional capturaron a Emir Andrés González Naranjo, quien es requerido para cumplir una condena a 48 meses de prisión, luego de que fuera encontrado responsable del delito de fabricación, tráfico o porte de estupefacientes.

El hoy sentenciado fue detenido el pasado 2 de octubre en el barrio La Rubén Cruz del municipio de Tuluá (Valle del Cauca). Los hechos que motivaron la decisión ocurrieron el 3 de febrero anterior cuando González Naranjo fue sorprendido con 1.982 gramos de cocaína, mientras se movilizaba por la vía que de Andalucía conduce a Betania.

Un juez de control de garantías impartió legalidad a la detención y quedó a disposición de la autoridad para que purgue la pena impuesta, en un centro carcelario.

 

 

 

 

MAP/DSVC/MAGA

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.