Esta iniciativa, que tiene como propósito fortalecer la cercanía entre la entidad y la comunidad, explica las situaciones relacionadas con la inasistencia alimentaria e informa a la ciudadanía que este delito se denuncia cuando se incumple sin justa causa con la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes (padres y abuelos), descendientes (hijos), adoptante, adoptivo, cónyuge o compañero o compañera permanente. En lo posible solo si hay incumplimiento en la obligación alimentaria y desea una sanción penal.

¿Dónde denunciar? 

  • Salas de recepción de Denuncias de Unidades de Reacción Inmediata (URI) y/o Salas de Atención al Usuario (SAU).
  • Centro de Atención Penal Integral a Víctimas (CAPIV).
  • Comisarías de Familia, en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes y los que ocurran dentro del contexto familiar.