Se trata de David Ricardo Tromp, alias Tocayo, un ciudadano colombo-neerlandés que sería el encargado de contactar personas y convencerlas de viajar a destinos internacionales con el estupefaciente oculto.
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra el Narcotráfico, puso en evidencia a David Ricardo Tromp, el presunto articulador de una red criminal señalada de enviar clorhidrato de cocaína entre el equipaje y las pertenecías de viajeros que salían del aeropuerto de Cartagena (Bolívar) con destino a Países Bajos y China.

En el curso de la investigación se acreditó que este ciudadano colombo-neerlandés sería el encargado de contactar personas y convencerlas de ir a los destinos internacionales seleccionados, para después proveerles hospedaje, transportes, permisos internacionales y tiquetes aéreos, entre otros elementos necesarios para asegurarles el traslado.
De otra parte, se estableció que, al parecer, también coordinaba la recepción de los estupefacientes y el posterior camuflaje para evadir los controles de las autoridades. Los elementos de prueba dan cuenta de que estaría involucrado en envío de 18 kilogramos de cocaína, los cuales fueron incautados a un viajero en el aeropuerto de Rafael Núñez de Cartagena, en julio de 2018.
David Ricardo Tromp fue capturado en vía pública en Santa Marta (Magdalena), en un trabajo articulado del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y el Ejército Nacional. La Fiscalía lo presentó ante un juez de control de garantías y le imputó el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El procesado aceptó el cargo.
Esta información se publica por razones de interés general.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.