Se trata de John Fernando Delgado Bustamante, quien es requerido en extradición por Estados Unidos.

La Fiscalía General de la Nación ubicó a John Fernando Delgado Bustamante, señalado integrante de una organización delictiva que tendría nexos con las disidencias de las Farc para sacar toneladas de clorhidrato de cocaína por el sur del país a Estados Unidos y otros destinos.

Esta persona fue ubicada por investigadores del CTI en la terminal de transportes de Bogotá, en atención a un requerimiento con fines de extradición elevado por la Corte Distrital para el Distrito de Columbia (Estados Unidos), que lo solicita para que responda en juicio por cargos relacionados con narcotráfico y lavado de activos.

La petición de la justicia estadounidense detalla que Delgado Bustamante, presuntamente, cumplía un rol importante en la negociación de los estupefacientes, la definición de las rutas utilizadas para mover los cargamentos y la recepción de los dineros enviados por los contactos internacionales por el envío de los alijos.

De acuerdo con la investigación, estas actividades eran coordinadas desde Nariño y se extendían hasta Ecuador y Venezuela.

John Fernando Delgado Bustamante quedó a disposición de la Fiscalía General de la Nación mientras avanzan los trámites diplomáticos y administrativos para su extradición.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

 

 

LAGP/JARG/AAQ/CTI/MRC/

 

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.