El material probatorio recaudado por la Fiscalía permitió que un juez dictara medida privativa de la libertad en centro carcelario en contra de Fabio Martínez Rodríguez, quien sería cabecilla de la Columna Móvil Teófilo Forero de la denominada ‘Segunda Marquetalia’ en Huila, y que presuntamente se dedicaba a cobrar extorsiones en el departamento.

Fabio Martínez Rodríguez fue capturado en Florencia (Caquetá) por los delitos de extorsión tentada y concierto para delinquir.

La investigación permitió establecer que el procesado era quien realizaba al parecer los cobros de dinero a las víctimas a quienes a través de llamadas, mensajes y panfletos extorsionaban.

A una de ellas le habría exigido la suma de 50 millones de pesos, haciéndolo desplazar hasta Guayabal en San Vicente del Caguán (Caquetá) donde entregó dos millones de pesos el año pasado.

Dentro de este proceso existen 26 víctimas a quienes al parecer extorsionó esta estructura disidente, exigiéndoles sumas desde 500.000  hasta 100 millones de pesos a agricultores, ganaderos y comerciantes en los municipios de Campoalegre, Tello, Baraya, Neiva, Vegalarga y San Antonio de Anaconia.

Al hoy investigado le fueron formulados cargos como posible responsable de los delitos de tentativa de extorsión agravada y concierto para delinquir agravado. No aceptó cargos.

Este 21 de junio fue capturado  Martínez Rodríguez por la Policía de Vigilancia, en articulación con el Gaula Policía Nacional y Gaula Militar en Florencia (Caquetá) en inmediaciones de la terminal de transportes.

La Fiscalía General de La Nación habla con resultados.

LMGM/CFG/DSPB/DSH

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.