El ciudadano extranjero fue capturado con fines de extradición en Villavicencio (Meta).

En cumplimiento de una orden de captura expedida por la Fiscalía General de la Nación, investigadores del CTI ubicaron al ciudadano mexicano Margarito Galeano Gómez, quien es requerido por una Corte del Distrito Norte de Illinois (Estados Unidos) para que responda por cargos de narcotráfico.

El procedimiento se cumplió en Villavicencio (Meta). Esta persona habría llegado a esta ciudad para pactar algunos envíos de clorhidrato de cocaína a Centroamérica con los cabecillas de las subestructuras del ‘Clan del Golfo’ en el oriente del país.

Precisamente, el requerimiento internacional señala que Galeano Gómez sería el enlace del cartel mexicano de Oaxaca con los grupos narcotraficantes de Colombia. Al parecer, viajaba permanentemente al país para cerrar los negocios ilícitos y se alojaba en hoteles lujosos e inmuebles ubicados en Medellín y Turbo (Antioquia), Cali y Palmira (Valle del Cauca), y Villavicencio (Meta).

La justicia de Estados Unidos tiene evidencia del pago de 3.000 millones de pesos que, supuestamente, hizo el ciudadano extranjero para concretar la salida de un cargamento de cocaína.

La Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunicará a la Embajada de Estados Unidos sobre la citada captura para avanzar en la formalización del pedido de extradición y otros trámites de rigor dentro de los términos de ley.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

LAGP/JARG/AAQ/MRC/.

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.