En el curso de la investigación se estableció que la víctima fue agredida en, por lo menos, cuatro oportunidades. Las agresiones ocurrían durante supuestos rituales.

El material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, permitió que un juez penal con función de control de garantías de Cali (Valle del Cauca) impusiera medida de aseguramiento en centro carcelario a Juan Carlos Cárdenas Bulla. Esta persona es señalada de abusar sexualmente de una menor de 14 años, durante supuestos rituales de sanación.
Por esto, un fiscal de la Unidad Especial de Investigación de Delitos contra Niños, Niñas y Adolescentes (UENNA) imputó al procesado el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, cargo que no fue aceptado.
La investigación determinó que el procesado se habría ganado la confianza de los familiares de la víctima a quienes, entre 2021 y 2022, invitó en varias ocasiones a una finca. En el lugar, y con la excusa de realizar limpiezas espirituales, pedía apagar las luces y cerrar los ojos.
Estos espacios habrían sido aprovechados por el procesado para acercarse a la menor y agredirla sexualmente. La investigación determinó que la víctima fue abusada, en por lo menos, cuatro oportunidades.
Inspecciones al lugar de los hechos, entrevistas y apoyos fotográficos, permitieron identificar a Cárdenas Bulla, quien luego fue capturado en Cali, por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Sijín de la Policía Nacional.
JPP/MAGA/SB/UENNA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.