Entre los investigados se encuentra alias Ingeniero, presunto cabecilla de la estructura Martín Villa.
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías de Cúcuta (Norte de Santander) impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra cuatro presuntos integrantes de la estructura Martín Villa del frente décimo de las disidencias de las Farc.
Se trata de Edier Elias Cisneros Madrid, alias El Ingeniero, presunto cabecilla del frente; Oscar Javier Cisneros Osto, alias Garza Volando; David Montañez Villazana, alias David; y Juan Camilo Cárdenas Díaz, alias Camilo, señalados de perpetrar acciones delictivas en Arauca.

La Fiscalía evidenció que alias El Ingeniero, sería el encargado de adquirir armas, celulares, medicamentos y vehículos para ser entregados en los campamentos de dicha estructura ubicados en Tame y Puerto Rondón (Arauca), además de coordinar acciones contra la Fuerza Pública y la comunidad araucana.
En ese sentido, un fiscal especializado de la seccional Arauca les imputó a los procesados el delito de concierto para delinquir agravado. Por su parte, a alias Ingeniero también se le formuló cargos por el ilícito de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos agravado.

Los investigados fueron capturados mediante diligencias de registro y allanamiento adelantadas simultáneamente este 12 de junio en Madrid (Cundinamarca), Yopal (Casanare), Cabuyaro (Meta) y Bogotá, por uniformados de la Armada Nacional y de la Dijin, dando cumplimiento a órdenes judiciales emitidas por un juez de la república.
MPHA/AMCJ/FEHV/JASN/DSNS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.