Los procesados fueron capturados por la Policía Nacional en el barrio El Cliff, en cumplimiento de órdenes judiciales.
Por solicitud de una fiscal de la Seccional San Andrés, jueces de control de garantías, en casos diferentes, impusieron medida de aseguramiento en establecimiento carcelario a dos hombres, presuntamente responsables del delito de hurto calificado agravado.
Una de las investigaciones afecta a Kennier Alexandre Carballo Romero, de 24 años, quien habría participado en dos atracos cometidos a locales de comercio. El primer hecho ocurrió el 1 de agosto en un almacén de la calle Las Proveedoras donde el procesado, se cree, hurtó 7 millones de pesos y un computador.
El segundo hurto atribuido a Carballo Romero fue en una panadería. De este lugar Caraballo se habría apoderado de las pertenencias de los clientes que allí se encontraban. Entre lo hurtado está un bolso con cuatro millones de pesos, celulares y prendas de oro. El hombre aceptó estos cargos que le imputó el ente acusador.
La segunda medida de aseguramiento fue impuesta a Rodolfo Ramos Mercado, de 40 años, quien el pasado 8 de julio, al parecer, ingresó a un establecimiento de giros de dinero en la Esquina de Pinky y se apropió de 640.000 pesos y un celular. Durante el desarrollo de las audiencias preliminares, el hoy implicado negó su responsabilidad en el delito imputado.
Los dos procesados deberán cumplir la medida de aseguramiento en la cárcel Nueva Esperanza del archipiélago.
MEVA/LMFO/MAGA/AKR/TAM/DSSPS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.