Un fiscal de la Seccional Nariño imputó cargos contra Rubén Darío Revelo Pabón y los hermanos Ana Milena y Diego Armando Yama Jativa, presuntos integrantes del grupo delincuencial Los Sim Sim, por su posible coautoría en el delito de fabricación, tráfico, y porte de estupefacientes, al cual no se allanaron.

Rubén Darío Revelo Pabón, Ana Milena y su hermano Diego Armando Yama Jativa presuntamente abastecían las redes de distribución y consumo de drogas en la cárcel de Ipiales.

Durante las audiencias concentradas, el juez tercero penal de Ipiales (Nariño) avaló las evidencias y el material probatorio del ente investigador en contra de la estructura delictiva, y dictó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario para los tres procesados.

Según la investigación adelantada durante seis meses por miembros de la policía judicial Sijín, mediante actividades de vigilancia, interceptación de líneas telefónicas, los hoy procesados al parecer eran los encargados de ingresar marihuana, bazuco y cocaína a la cárcel de Ipiales, lanzándola desde la parte externa a uno de los patios, donde redes de distribución se encargaban de dosificarlas y comercializarlas entre los internos.

Asimismo, se pudo establecer que los supuestos integrantes de la banda Los Sim Sim recibían una llamada telefónica, para coordinar en qué momento podían arrojar los paquetes de drogas y que los reclusos encargados los recogieran.

Los hoy procesados fueron detenidos por uniformados de la Policía Nacional, en cumplimiento de las órdenes emitidas por un juez penal con control de garantías.  

La Fiscalía habla con resultados.

 

JGP/LV/DLBM.

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.