Un fiscal de la Seccional Cali judicializó a Harvi Alejandro García Rúa como presunto responsable del delito de hurto calificado y agravado. Los hechos investigados ocurrieron la noche del 14 de agosto de 2023 al interior de un bus de servicio público.

En la fotografía se aprecia de pie y con los brazos adelante y esposado a Harvi Alejandro García Rúa. Viste con camisa esqueleto blanca, bermudas de color azul estampado y pantuflas azules con blanco. Usa barba tipo ‘chivera’. A sus extremos hay uniformados de la Policía Nacional. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Policía.
Harvi Alejandro García Rúa es señalado de haber asaltado violentamente a una persona que se movilizaba en un bus de servicio de transporte masivo, en Cali (Valle del Cauca).

La Fiscalía determinó que dos hombres quienes viajaban como pasajeros, intimidaron a un ciudadano que iba en el vehículo. Al parecer, los presuntos asaltantes exhibieron un mensaje, escrito en un celular, en el que lo conminaban a dirigirse a la parte trasera del automotor, so pena de dispararle.

Durante este hecho el ciudadano fue despojado de sus pertenencias, valoradas en más de 11 millones de pesos. Además, fue amenazado con ser asesinado, en caso de denunciar lo ocurrido. Poco después se registró la sustracción ilícita de 700.000 que la víctima tenía en una cuenta de su propiedad. El retiro se hizo a través de un cajero automático.

Por estos hechos, el pasado 18 de mayo, uniformados de la Sijín de la Policía Nacional capturaron a García Rúa en la capital del Valle del Cauca. Un juez de control de garantías impuso al investigado medida de aseguramiento en centro carcelario.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.