Las víctimas fueron engañadas con la falsa compra de una vivienda en un reconocido sector de Ibagué, Tolima.
Por el delito de estafa simple, un despacho local de la unidad de Estafas de la Fiscalía en el Tolima imputó cargos y logró medida de aseguramiento carcelaria en contra de Jhon Jairo Campo Araque quien no aceptó responsabilidad alguna.
El hombre de 61 años quien fuera detenido por personal del Cuerpo Técnico de Investigación de los grupos de Estructura de Apoyo y de Capturas en Cali (Valle del Cauca), es investigado por hechos ocurridos en junio del año 2021 cuando el indiciado, en complicidad con otras personas, se habría apropiado de la suma de $34.000.000.
Luego de ganarse la confianza de una pareja, se tiene que el adulto mayor les engañó diciéndoles que un yerno suyo, quien residía en el exterior, les iba a comprar un apartamento que estaban ofertando.
Fue así como le consignaron la suma 10 mil dólares como adelanto por la compra del inmueble, e igualmente le solicitaron a los vendedores un préstamo de $34.000.000, que estarían respaldados por cheques que sumaban un total de 10.000 dólares.
Posteriormente las operaciones fueron reversadas pues el banco les informó que dichos pagos en moneda extranjera se habían realizado con cheques sin fondos, ante lo cual los peritos lograron determinar que los habían girado a nombre de empresas ficticias desde Miami.
El hombre permanecerá privado de la libertad como medida preventiva.
La Fiscalía continúa con su compromiso de esclarecer los delitos que afectan no sólo la vida y la seguridad de los ciudadanos, sino también su patrimonio.
La Fiscalía habla con resultados.
PAAM/FAGH/EIS/DST
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.