Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Yuber Alonso Zapata Orozco, como presunto responsable del delito de extorsión agravada.

Los hechos ocurrieron el pasado 20 de febrero, en la autopista Medellín – Bogotá, donde la víctima se movilizaba en su motocicleta. De repente, Zapata Orozco, quien también se movilizaban en un vehículo igual, al parecer, provocó una colisión.
El procesado le exigió dinero a la víctima, porque, supuestamente, era el responsable del accidente. Además, le manifestó que la motocicleta involucrada en el choque era de propiedad del cabecilla de una banda criminal de su barrio. Ante las amenazas, el afectado entregó 100.000 pesos.
Horas después, la víctima, nuevamente, fue abordado por el presunto victimario, en el barrio Belalcázar de Medellín, donde llegaron varios hombres, a bordo de una camioneta de alta gama, quienes, al parecer, le exigen la suma de un millón de pesos a cambio de no atentar contra su vida; el afectado entregó el dinero solicitado.
Días después, la víctima continuó recibiendo llamadas extorsivas y negó tener dinero; sin embargo, ante las continuas amenazas, se vio obligado a transferir 40.000 pesos.
El pasado 26 de febrero, Zapata Orozco fue capturado por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo del Gaula del Ejército Nacional, mientras, recibía dinero producto de la extorsión a la víctima.
NAMT/LMFO/JFC/DSM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.