Estaría implicado en los actos previos al crimen y en facilitar la huida del hombre que disparó en contra de las víctimas.

La Fiscalía General de la Nación judicializó a Junior Omar Patiño Moncada, alias El Sobrino, por su posible participación en un ataque armado que dejó cuatro muertos y dos heridos, el 1 de agosto de 2025, en Cúcuta (Norte de Santander).

De acuerdo con la investigación, un hombre descendió de un taxi, disparó contra un grupo de personas que se encontraba en el parque Lineal del barrio Latino y posteriormente escapó. Muy cerca del lugar el hoy procesado presuntamente lo recogió y trasladó a un punto específico, donde un vehículo lo esperaba.

Los elementos materiales probatorios recopilados por la brigada de homicidios conformada por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Sijin de la Policía Metropolitana de Cúcuta indican que Patiño Moncada también estaría implicado en la planeación y logística del acto sicarial.

Por estos hechos, una fiscal especializada de la Seccional Norte de Santander lo presentó ante un juez penal de control de garantías y le imputó los delitos de homicidio; homicidio en grado de tentativa; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, todas las conductas agravadas.

El investigado no aceptó los cargos y deberá cumplir medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

Esta es la tercera persona judicializada por este crimen. En noviembre de 2025, fueron vinculados formalmente y asegurados Felipe Molina Pérez, alias Mechas; y Óscar Fernando Barbosa Ríos, alias Nando o El Taxista.

 

 

 

 

 

MPHA/AMCJ/LCHG/ECDR/EDBCH/DSNS

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.