Darwin Javier Cardona Pérez, funcionario de la Fiscalía en Bolívar, fue judicializado por una fiscal de la Unidad de Administración Pública de Cartagena por su presunta responsabilidad en los delitos de abuso de función pública, fraude procesal, falsedad en documento público y falsedad material en documento público agravado.

Los hechos ocurrieron desde el 2016 hasta el 2019, cuando el servidor público, al parecer, abusando de su cargo realizó funciones que legalmente no le correspondían al interior de varios despachos de la Fiscalía donde laboró.

Dentro de las presuntas irregularidades cometidas por Cardona Pérez, el ente acusador recopiló material de  prueba que muestra que en su calidad de asistente, habría elaborado documentos para entregar vehículos que se encontraban retenidos por delitos culposos, trámite éste que es exclusivo de los jueces de control de garantías y en algunos casos excepcionales de los fiscales.

Igualmente se investiga si el procesado indujo en error al pagador de nómina de la Fiscalía de Cartagena, toda vez que le aportó unos oficios falsos para que éste hiciera unos actos administrativos que le permitieron el desembargo de su cuenta por tres procesos ejecutivos que tenía en su contra.

Durante las audiencias concentradas, el funcionario no aceptó su responsabilidad en los cargos que le imputó el ente acusador.

Por disposición judicial su reclusión se llevará a cabo en centro carcelario.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados

 

 

 

 

 

 

MEVA/MG/LV/ICHS/DSB/

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.