El hombre fue imputado por los delitos de secuestro extorsivo agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de uso restringido de las Fuerzas Armadas.
En atención a los elementos materiales aportados por un fiscal Gaula, adscrito a la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, un juez penal de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Neider Gómez Castrillón por su presunta participación en el secuestro del cantante Miguel Ayala Galeano y su mánager, Nicolás Pantoja.
El hoy procesado sería el responsable de ejercer custodia armada sobre las víctimas en una construcción artesanal ubicada en la vereda Chorritos, en La Sierra (Cauca). Desde ese punto se habría tomado y enviado a los familiares una fotografía en la que el músico y su representante salían descalzos, encadenados y envueltos con una cobija; y realizado las llamadas en la que los secuestradores exigieron 5.000 millones de pesos para dejar a los jovenes en libertad.
Gómez Castrillón fue capturado en situación de flagrancia durante la operación de rescate del músico y su mánager. En el procedimiento fueron incautadas dos pistolas, dos proveedores, 29 cartuchos calibre 9 mm, una cadena, dos candados y dos pavas de tela camuflada.
Por todo lo anterior, la Fiscalía General de la Nación le imputó los delitos de secuestro extorsivo agravado y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos. Los cargos no fueron aceptados.
De acuerdo con los elementos materiales probatorios obtenidos en la investigación orientada por el fiscal Gaula, la retención fue ejecutada por una red delictiva que estaría al servicio de la estructura Carlos Patiño de las disidencias de las Farc.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





