Estaría implicado en la selección del sicario y de la persona que condujo la motocicleta utilizada para materializar el homicidio.

Las actividades investigativas desplegadas por la Fiscalía General de la Nación dan cuenta de que Luis Eduardo Martínez Díaz sería uno de los coordinadores del homicidio de la servidora del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), Ana Isabel Mejía Córdoba, perpetrado el 14 de noviembre de 2024, en Riohacha (La Guajira).

La víctima conversaba con un familiar en la terraza de su lugar de residencia y fue atacada con arma de fuego por un hombre que descendió de una motocicleta y posteriormente escapó del lugar.

Los elementos materiales probatorios indican que Martínez Díaz presuntamente participó en reuniones previas en las que se planeó el crimen y conocieron detalles sobre la rutina y movimientos de la servidora. Además, habría seleccionado al sicario y al motociclista que lo trasportó hasta el lugar de los hechos y facilitó su huida.

Por lo anterior, un fiscal de la Delegada para la Seguridad Territorial le imputó en calidad de coautor los delitos de homicidio; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, las dos conductas agravadas.

El procesado no aceptó los cargos y, por disposición de una juez de control de garantías, deberá cumplir medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

Por este ataque, recientemente fue condenado a 23 años y 5 meses de prisión Juan David Rodríguez Ochoa, quien condujo la motocicleta utilizada para transportar a la persona que disparó contra la investigadora del CTI.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.