Los elementos materiales probatorios aportados por una fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Montería (Córdoba) fueron suficientes para que un juez de control de garantías enviara a prisión al docente Samir Sánchez Sotelo, presuntamente, responsable del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.

En la fotografía se observa la imagen de un hombre con camiseta morada pantalón negro custodiado por dos agentes de la Policía Nacional.
El docente quedó privado de la libertad como presunto responsable del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.

La decisión judicial está relacionada con hechos ocurridos el pasado 21 julio en el barrio El Socorro de Sahagún donde el procesado, al parecer, aprovechó la confianza que como profesor había generado en sus estudiantes para, presumiblemente, agredir sexualmente a una menor de 13 años.

Según la investigación, el presunto implicado citó a la víctima a su propia casa para, aparentemente, hablar sobre temas relacionados con la academia y otros de índole personal y una vez solos en el lugar, según parece, la sometió a vejámenes sexuales.

El padre de la menor se percató de la situación e instauró la denuncia ante la Fiscalía lo que motivó la captura del posible agresor, acción que estuvo a cargo de la Policía Nacional.

En el desarrollo de la audiencia concentrada el profesor, de 33 años, no aceptó su responsabilidad en los cargos imputados por la Fiscalía.

El ente acusador investiga además si existen otras víctimas del presunto agresor sexual.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

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MEVA/MAGA/KE/DSC

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.