Al definir la situación jurídica de la procesada María Eugenia Ballena Mejía, un fiscal de Derechos Humanos y DIH le profirió medida de aseguramiento, consistente en detención preventiva sin beneficio de excarcelación, por su presunta responsabilidad en el homicidio agravado de un particular presentado como muerto en combate con tropas regulares.
La decisión se deriva de los hechos ocurridos el 13 de agosto de 2007, cuando integrantes del Batallón de Contraguerrillas No.98 de la Brigada Móvil 15 ultimaron en zona rural del municipio del Carmen (Norte de Santander) a Wilfredo Quintero Chona, quien según el reporte castrense portaba una pistola y dos granadas de fragmentación.
El fiscal instructor estableció que el citado encuentro armado no se produjo, que la víctima no integraba ningún grupo armado ilegal y que había sido sacado a la fuerza de una taberna del Carmen, cuya administradora era la madre de la hoy sindicada Ballena Mejía. Se constató que en una de las habitaciones de ese establecimiento público Quintero Chona fue retenido por unas horas el domingo 12 de agosto, hasta cuando fue sacado con el rostro cubierto por varios militares que lo condujeron al lugar donde se simuló el combate con unos insurgentes.
De acuerdo con los indicios recaudados por la Fiscalía, la procesada venía informando a algunos miembros de la mencionada unidad militar sobre las víctimas potenciales para los supuestos combates, a cambio de lo que percibía dinero. Ballena Mejía está privada de la libertad por cuenta de otra investigación.