Este señalado cabecilla de las disidencias de las Farc presuntamente exigía dinero a las víctimas para no forzarlas a abandonar sus viviendas.

Por petición de la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Giovanny Calderón, alias Picotazo, señalado cabecilla de una estructura del autodenominado frente Iván Merchán de las disidencias de las Farc que sería el responsable del cobro de extorsiones a comerciantes, ganaderos, transportadores y campesinos de Meta para permitirles permanecer en sus predios.
En el curso de la investigación fueron identificadas víctimas en Puerto Lleras y Fuente de Oro (Meta). Alias Picotazo presuntamente les exigió determinadas sumas de dinero en medio de amenazas de ataques con explosivos para forzarlas a abandonar sus tierras y arrebatarles los bienes.
Por estos hechos fue capturado en una acción conjunta con el Gaula de la Policía Nacional en Granada (Meta). En el procedimiento fueron incautadas una granada de fragmentación, munición de diferente calibre, cinco tarjetas sim card, tres celulares y una agenda con información sobre las personas intimidadas en la región.
Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones de Criminales le imputó los delitos de concierto para delinquir agravado con fines extorsivos y terroristas, extorsión agravada, y fabricación, tráfico y porte de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos. Los cargos no fueron aceptados.
Esta información se publica por razones de interés general.
JMSV/JARG/JAP/DECOC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.