Luego de que Jaider de Jesús Carvajalino Pájaro, alias Jaidersito, suscribiera de manera libre, espontánea y asesorado por su abogado, un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación en el que admite su responsabilidad en el crimen de un líder estudiantil de Cartagena (Bolívar), un juez de circuito lo condenó a 20 años de prisión.

La decisión judicial está relacionada con hechos ocurridos el 16 de enero de 2024 cuando el ahora sentenciado intimidó con un arma de fuego a una pareja que esperaba un taxi en la avenida Pedro de Heredia del barrio España en la capital bolivarense.
Una de las víctimas era un líder juvenil a quien Carvajalino Pájaro le disparó hiriéndolo de gravedad. El joven, de 21 años, fue trasladado a un centro asistencial donde falleció debido a las lesiones causadas.
Alias Jaidersito admitió su responsabilidad en cuanto a los delitos de homicidio, hurto calificado, ambas conductas agravadas; además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Cargos que le fueron imputados a Carvajalino Pájaro por un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bolívar.
En cumplimiento de una orden judicial el ahora condenado fue capturado en marzo de 2024 por la Policía Nacional. A la condena de prisión se suma la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena impuesta.
Por estos mismos hechos fue judicializado, y privado de la libertad Rafael Ceren Padilla, alias Bebé, quien habría participado en el crimen.
MEVA/MAGA/JB/EGM/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.