Durante la audiencia aceptó de manera libre y voluntaria su responsabilidad en ocho eventos delictivos, en uno de ellos una de las víctimas murió.
La Fiscalía General de la Nación acusó formalmente a Kardyn Daniel Montilla Baquero, como presunto responsable del abuso sexual y posterior crimen de una mujer, cuyo cuerpo fue hallado en la localidad de Ciudad Bolívar, en el sur de Bogotá, el 8 de noviembre de 2024.
La víctima fue citada por el hoy procesado para concretar una supuesta oferta laboral como modelo. Sin embargo, al llegar al punto indicado, el hombre la habría dirigido a una zona boscosa, sometido a vejámenes sexuales, golpeado y asfixiado hasta causarle la muerte.
Los elementos materiales probatorios indican que también estaría implicado en el ataque a otras siete mujeres que fueron captadas con falsas promesas de empleo y de remuneraciones de hasta 4.000.000 pesos. En estos casos ocurridos entre abril y diciembre de 2024, en la localidad de Ciudad Bolívar, las víctimas también fueron golpeadas, abusadas sexualmente, extorsionadas y abandonadas en áreas despobladas.
En atención a los elementos materiales probatorios obtenidos por una fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá, Montilla Baquero aceptó de manera libre y voluntaria los delitos de feminicidio agravado, acceso carnal violento, hurto calificado, extorsión, acceso abusivo a un sistema informático y falsedad personal.
El hombre continuará privado de la libertad en establecimiento carcelario y en marzo un juez penal de conocimiento dará el sentido de fallo. En los próximos días será acusado por otros ocho eventos delictivos relacionados con delitos sexuales.
LMBG/AMCJ/JARG/CON/FSB/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





