La Fiscalía General de la Nación, a través de una fiscal seccional, judicializó a un hombre señalado de someter a vejámenes sexuales a su hijastra, de 10 años, con el pretexto de que sólo así podría mejorar su apariencia física.
La investigación evidencia que la víctima presentaba una afección cutánea por lo que el hombre, de 48 años, la convenció de que sólo accediendo a sus pretensiones sexuales podría mejorar su piel, afirmando que se trataba de un tratamiento casero.
Labores de policía judicial evidenciaron que entre marzo y noviembre de 2023 el ahora procesado, al parecer, agredió sexualmente a la menor en una vivienda del barrio Villa Rosita de Cartagena.
El material probatorio aportado por la Fiscalía estableció que las agresiones se extendieron por nueve meses.
Una vez conocido el caso las autoridades dispusieron lo necesario para resguardar a la menor y restablecer sus derechos. Por esto, se emitió una orden de captura parte de la Fiscalía, procedimiento que estuvo a cargo de uniformados de la Policía Nacional quienes detuvieron al investigado en el barrio Olaya Herrera, el pasado 27 de octubre.
Una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Bolívar, imputó al hombre los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales con menor de 14 años, ambas conductas agravadas. Cargos que no fueron aceptados.
La petición de la Fiscalía, para que el procesado cumpla la medida de aseguramiento en un centro carcelario, fue respaldada por un juez de control de garantías.
MEVA/MAGA/SM/EGM/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





