Por solicitud de la Fiscalía, un juez de control de garantías del municipio de Mompox (Bolívar) profirió medida de aseguramiento en centro carcelario contra Eliece David Vásquez Marrugo, José David Sánchez Rodríguez y Alberto Antonio Álvarez Orozco, presuntos responsables del delito de hurto calificado agravado.

A los tres capturados se les imputó el delito de hurto calificado agravado.

La decisión judicial está relacionada con hechos ocurridos el pasado 27 de abril cuando los hombres, al parecer, ingresaron a una entidad financiera y con un arma, aparentemente de fuego, intimidaron a una de las cajeras haciendo que les entregaran el dinero.

Tras huir del lugar los supuestos implicados fueron capturados por la Policía Nacional que había sido alertada a través de la alarma de pánico. En el procedimiento a los detenidos les fueron incautados 11 millones de pesos, un vehículo y un arma traumática.

Igualmente, se estableció que contra Álvarez Orozco existía una medida privativa de la libertad en su domicilio, en Ciénaga (Magdalena), por el delito de porte ilegal de armas. A esta persona el ente acusador le imputó el delito de fuga de presos.

Ninguno de los procesados aceptó los cargos endilgados por la Fiscalía y por disposición del juez deberá ser recluido en el Comando de Policía de Mompox.

La Fiscalía General habla con resultados.

Le puede interesar:

Cárcel para hombres por el delito de hurto calificado y agravado en Yopal Casanare

Fiscalía logró desarticular la organización delincuencial Los Scooters,  dedicados al hurto de motos en el Casanare

 

                   

DSB/MEVA/MAGA/AA

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.