La petición de un fiscal de la Unidad de Vida de la Isla de San Andrés en cuanto a la necesidad de que Mark Andrew Archbold Williams fuera enviado a prisión, fue atendida por un juez de control de garantías. Archbold Williams está siendo investigado como presunto responsable del homicidio de Ademir Paolo Riascos Edna quien laboraba en la Rama Judicial del Archipiélago.

Los hechos que motivaron dicha determinación ocurrieron el 27 de octubre de 2020 en el barrio Brooks Hill. Según la investigación, la víctima se encontraba en su residencia con sus dos hijas cuando fue sorprendido por un desconocido que ingresó al lugar, presuntamente, a hurtar. Al parecer, cuando la víctima intentó defenderse fue herido con arma de fuego, producto de lo cual poco después falleció en un centro asistencial de la isla.
Labores investigativas adelantadas por el CTI de la Fiscalía, en asocio con la Sijin, permitieron establecer que Archbold Williams sería la persona que se encargó de esperar y transportar en una motocicleta al presunto homicida luego del hurto.
El hoy procesado fue capturado por uniformados de la Fiscalía y la Policía, el pasado 15 de octubre en el aeropuerto internacional Gustavo Rojas Pinilla.
Durante las audiencias concentradas el presunto implicado no aceptó su responsabilidad en los delitos de homicidio agravado en concurso con el de fabricación, tráfico y porte de arma de fuego o municiones y hurto calificado agravado, imputados por el ente acusador.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
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MEVA/MAGA/JRC/DSSPS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.