Los procesados robaban a ciudadanos en modalidad cosquilleo

La Fiscalía logró la judicialización de dos hombres y una mujer, presuntos integrantes del grupo delincuencial denominado Los Caminantes, dedicados, al parecer, al hurto de personas en la modalidad de cosquilleo.

De acuerdo con la investigación adelantada bajo la coordinación de una fiscal de la Unidad de Estructura de Apoyo de Bogotá, con apoyo de la Policía Judicial Sijín, se conoció que estas personas, al parecer, delinquían en los barrios Santa Inés y Voto Nacional de las localidades de Santafé y Mártires respectivamente.

Los seguimientos a esta organización dan cuenta de que los capturados tenían funciones definidas para cometer los hurtos, donde primero marcaban a sus víctimas y después procedían a robarlas sacando objetos de valor de maletas y bolsillos.

El 16 de febrero de 2022, se realizó un operativo en vía pública en los sectores antes mencionados y se hicieron efectivas las órdenes de captura en contra de Cristian Fabián Morales Vega, Jazmín Prieto Ruiz y Marlon Andrey Quintero Maldonado.

Estás personas estarían vinculadas en seis eventos delictivos, con una cuantía aproximada de $9’000.000.

En audiencias preliminares se legalizaron las capturas. La Fiscalía formuló imputación por los delitos de hurto agravado y concierto para delinquir. Dichos cargos no fueron aceptados por los procesados.

Un juez con función de control de garantías de Bogotá impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario en contra de los tres imputados.

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.

 

LMFO/GCS/FAGH

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.