De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron entre 2016 y 2018, en las instalaciones del colegio.
Un fiscal de la Seccional Putumayo logró la judicialización de Libar Ropero Mandon, un profesor que tendría varias investigaciones activas por delitos sexuales cometidos en contra de estudiantes de un colegio ubicado en zona rural de Puerto Asís.
El procesado es señalado de haber abusado de 19 menores de edad, con edades entre los 6 y los 10 años, estudiantes de preescolar y primaria, a quienes dictaba clases en el centro educativo.
Al conocerse públicamente sobre los abusos, la Fiscalía y la Procuraduría iniciaron las investigaciones de tipo penal y disciplinario respectivamente. El ente acusador logró que un juez de control de garantías ordenara su captura.
De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron entre 2016 y 2018, en las instalaciones del colegio. Todos los relatos de las víctimas coinciden con que el hombre, al parecer, aprovechaba momentos a solas dentro de las aulas de clase para sentarlas sobre las piernas y hacerles tocamientos de tipo sexual.
Al emitirse la orden de captura en su contra, Ropero Mandon, se entregó a las autoridades en un puesto de control en la vía que de Mocoa (Putumayo), conduce a Pitalito (Huila). En audiencias concentradas la Fiscalía imputó los delitos de acceso carnal violento y actos sexuales con menor de 14 años agravado, los cuales no fueron aceptados.
Un juez con función de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
La Fiscalía habla con resultados.
PAAM/LYBT/JP/CACB/DSP/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.