Fue imputado por los delitos de homicidio y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal, ambas conductas agravadas.

La Fiscalía General de la Nación obtuvo elementos de prueba que dan cuenta de la posible responsabilidad de Julián Alberto Quintero Agudelo, en el homicidio del productor musical Daniel Alejandro Velásquez Franco y su pareja Astrid Sofía Riascos Valdez, ocurrido la noche del pasado 8 de junio, en zona rural de Envigado (Antioquia).

El señalado agresor era el mayordomo del inmueble en el que residía el artista. Al parecer, le disparó luego de compartir y consumir licor, y generarse un intercambio de palabras desobligantes por un asunto familiar. Posteriormente, se habría dirigido a la habitación en la que descansaba la mujer y atacado con arma de fuego.

El señalado agresor era el mayordomo del inmueble en el que residía el artista
El señalado agresor era el mayordomo del inmueble en el que residía el artista

Durante los actos urgentes practicados en el lugar del doble crimen, Quintero Agudelo entregó en su momento dos pistolas, una de las cuales sería la utilizada para causarles la muerte al productor musical y su compañera sentimental. 

Tras surtirse varias actividades investigativas, personal del CTI capturó a esta persona en Itagüí (Antioquia). Un fiscal de la Seccional Medellín, adscrito al Grupo de Alertas Tempranas de URI, le imputó los delitos de homicidio y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal, ambas conductas agravadas. Los cargos no fueron aceptados.

Por disposición del juez de control de garantías que dirigió las audiencias concentradas, Julián Alberto Quintero Agudelo deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.

La Fiscalía publica esta información por razones de interés general

LFML/AF/MAGA/JARG/DSM

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.