Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario a Jorge Armando Batalla Tolosa, alias Jorgito, presunto integrante del Bloque Occidental Alfonso Cano de las disidencias de las Farc.
En la fotografía aparece el capturado junto a un funcionario del CTI y  un soldado del Gaula Militar. En la parte superior se observa un banner de la Fiscalía General.
Jorge Armando Batalla Tolosa, alias Jorgito, fue imputado con cargos por homicidio agravado con porte de armas de fuego.
El 6 de agosto de 2023 en una vivienda de Tumaco (Nariño) Batalla Tolosa en compañía de otros dos integrantes del grupo armado ilegal, al parecer, le dispararon en repetidas ocasiones a la víctima, quien murió producto del ataque.
Uno de los disparos impactó a una mujer que transitaba por el sector cuando se dirigía a su trabajo. Las heridas causadas le causaron la muerte.
De acuerdo con la investigación, alias Jorgito, junto con otros integrantes del Bloque Occidental delinquirían en los barrios Unión Vivienda, Obrero y Los Ángeles de la Comuna 5 del sur de Tumaco. Allí ejecutarían homicidios selectivos, extorsiones al comercio organizado y tráfico y porte de estupefacientes.
Funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), junto con agentes de la Sijín de la Policía Nacional y soldados del Gaula Militar, capturaron a Batalla Tolosa cuando se desplazaban por un sector del barrio Obrero.
Un fiscal de Vida de la Seccional Nariño le imputó el delito de homicidio agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado.
JGPV/JPGG/DSN/AMCJ/MAGA

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.