Según el expediente el imputado sería responsable de casos de extorsiones y homicidios presentados en varios municipios de Sucre.

Luego de la solicitud de un fiscal especializado un juez cobijó con medida de aseguramiento intramural a Pedro de Jesús Castillo Vanegas por el delito de concierto para delinquir agravado por darse para extorsión y homicidio.

De acuerdo con el ente investigador el indiciado, junto con otros miembros de la organización criminal Clan del Golfo se habrían organizado, al parecer, con el fin de cometer delitos relacionados con exigencias de dinero a ganaderos y comerciantes de mercancías, quienes se movilizaban en carros repartidores en los municipios de San Marcos, Caimito, La Unión y San Benito Abad.

Los hechos materia de investigación se habrían presentado desde mayo de 2021 hasta junio de 2023. A su vez el imputado es señalado por ex miembros de la organización, de ser el encargado del área militar en dichos municipios y de ordenar los homicidios contra los distribuidores piratas que no vendían sustancias estupefacientes de la organización. Castillo Vanegas fue capturado en San Benito Abad el 22 de febrero del año en curso.

Aunque no aceptó cargos un juez penal municipal ambulante de Sincelejo lo envió a prisión.

De acuerdo con el compromiso adquirido por la Fiscal General de la Nación (E), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos que afectan la seguridad ciudadana se continuará trabajando para resolver los casos de delitos priorizados.

La Fiscalía habla con resultados.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.