Este hombre estaría implicado en dos accesos carnales más y un homicidio en la localidad de Ciudad Bolívar.
La Fiscalía logró la judicialización de Brian Stiven Romaña Córdoba, quien al parecer abusó sexualmente de una mujer en el barrio Andes de la localidad de Ciudad Bolívar.
De acuerdo con la investigación adelantada por una fiscal del Grupo Élite de Delitos Sexuales, GEDES de Bogotá, con apoyo de la Policía Judicial Sijín, se conoció que el pasado 21 de octubre, el procesado habría abordado a la víctima por el cuello mientras caminaba por el barrio Andes de esta localidad, amenazándola, presuntamente, con un arma de fuego.
Según testimonios de la víctima, el capturado, la habría llevado a un sitio alejado, oscuro y la accedió sexualmente. Ella en un descuido del victimario logró huir llegando hasta el hospital de Meissen donde fue atendida.
La investigación y seguimientos de cámaras de seguridad ubicaron a Romaña Córdoba en el departamento de Chocó, donde se hizo efectiva la orden de captura. El hombre, al parecer, estaría involucrado en dos casos más de acceso carnal y en un homicidio, todos ocurridos en la localidad de Ciudad Bolívar.
En audiencias preliminares la Fiscalía le formuló imputación por el delito de acceso carnal violento con circunstancias de mayor punibilidad. Cargo que no fue aceptado por el procesado.
Un Juez Penal Municipal de Bogotá impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
La Fiscalía habla con resultados.
LMFO /ERR/FAGH/MCRC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004