Por solicitud de un fiscal de la Unidad de Hurtos de la Dirección Seccional de Bogotá, el Juez 37 Penal Municipal de Bogotá, con función de control de garantías, impuso medida de aseguramiento en contra de los ciudadanos extranjeros Romer Javier Colina Campo y Argel José Mogollón Shouri, presuntos integrantes de la banda delincuencial Los Matutinos de Puente Aranda.

Se estableció que desde mayo de 2020 este grupo delictivo venía azotando a la comunidad de la localidad de Puente Aranda en Bogotá, mediante el hurto a personas en horas de la madrugada.
El modus operandi de esta banda consiste en atacar personas que salen hacia sus trabajos, en horas de la madrugada, se apoderan de todas sus pertenencias y después las atacan con armas traumáticas y armas blancas en el rostro, causándoles fracturas de gravedad.
El pasado 18 de enero, en horas de la noche, la Policía Judicial Sijín hizo efectivas las órdenes de captura en contra de estos dos ciudadanos extranjeros, en la misma localidad.
En audiencias concentradas, se legalizaron las capturas, se les formuló imputación por los delitos de hurto calificado y agravado en concurso homogéneo y sucesivo, en concurso heterogéneo con tentativa de homicidio agravado y concierto para delinquir, cargos que no fueron aceptados por los procesados.
El juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
Este resultado se da en cumplimiento de los objetivos estratégicos 2020-2024, establecidos por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, en los que definió la seguridad ciudadana como una prioridad, así como el desmantelamiento de organizaciones delincuenciales.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
LMFO/ SYL / DLBM /MRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.