La Fiscalía General de la Nación judicializó a Wuilimar Mairobis Mambel Rodríguez y Abraham Antonio Díaz Carreño por su presunta responsabilidad en el tráfico local de estupefacientes como cocaína y sus derivados, en Sevilla (Valle del Cauca).

De acuerdo con la investigación, los hoy imputados fueron capturados por personal de la Sijín durante dos diligencias de registro y allanamiento, ordenadas por un Fiscal de la Seccional Valle del Cauca, el pasado 18 de abril, en el barrio Monserrate del municipio.

En la fotografía se aprecian de pie y con los brazos atrás a Wuilimar Mairobis Mambel Rodríguez y Abraham Antonio Díaz Carreño. El hombre viste camiseta negra de manga corta ccon logo de color azul; bermuda azul y zapatillas blancas. La mujer viste una blusa de tiras de color rosado y pantalones de color café. A sus extremos hay uniformados de la Policía Nacional. Delante de ellos hay una mesa color marrón y sobre ella varios elementos como papeletas con contenido blanco, billetes y una bolsa plástica con contenido verdoso. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Policía.
Wuilimar Mairobis Mambel Rodríguez y Abraham Antonio Díaz Carreño, fueron capturados en flagrancia con sustancias estupefacientes, en Sevilla (Valle del Cauca).

En las diligencias las autoridades incautaron 504 gramos de marihuana y sus derivados; 15 gramos de cocaína y dinero en efectivo.

La Fiscalía imputó a los capturados el delito de fabricación, tráfico o porte de estupefacientes. El juez decidió que los presuntos implicados deben cumplir la medida de aseguramiento en centros carcelarios.

MAP/AICR/DSVC/AMCJ/

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.