Por los delitos de homicidio agravado, homicidio agravado en grado de tentativa, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones y falso testimonio, fue enviado a la cárcel Jacinto Ramón Contreras Arias, quien habría sido el autor material de ataque armado a cuatro hombres.

En las investigaciones adelantadas por una Fiscalía de Norte de Santander se estableció que el procesado era quien presuntamente conducía el vehículo de servicio público en el que se movilizaban los hombres que, al parecer, habrían atacado con arma de fuego a las víctimas que se encontraban departiendo en un billar ubicado en el barrio El Salado de Cúcuta. Los hechos ocurrieron el pasado 2 de agosto.

Como resultado de la acción delictiva las cuatro víctimas quedaron heridas, y el 11 de agosto fallece una de ellas como consecuencia de las graves lesiones ocasionadas en el atentado.

Se presume que Contreras Arias, contrato a los dos hombres para que cometieran el hecho delictivo, al parecer, por discusiones anteriores con las víctimas.

A la cárcel Modelo fue trasladado el investigado por determinación del ente juzgador.

Es de resaltar que por estos hechos fueron capturados en flagrancia Diego Andrés Picón Guerrero y Enrique Navarro Arteaga, quienes al parecer cometieron el ataque armado. Los procesados se encuentran [iscalia.gov.co/colombia/noticias/asegurados-presuntos-autores-del-homicidio-de-un-habitante-de-calle-en-cucuta/]privados de la libertad en establecimiento carcelario por los mismos delitos.

 

La Fiscalía General de la Nación hace pública esta información por razones de interés general.

 

MPHA/MG/CHGA/DSNS

La Fiscalía habla con resultados

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.