La denuncia fue puesta por la mamá del imputado, quien aseguró que en una ocasión intentó atacar a su padre con un arma blanca. Los hechos serían repetitivos.
Luego del acervo probatorio presentado por una fiscal del Centro de Atención a Víctimas de Violencia Intrafamiliar un juez con funciones de control de garantías decidió dictar medida de aseguramiento en contra de Remberto Aníbal Kerguelén González por el delito de violencia intrafamiliar.
Los hechos materia de investigación se habrían presentado el 23 de abril del año en curso en el barrio La Rivera, en Montería.
Según denuncia de la mamá del imputado, en esa ocasión el victimario comenzó a agredir verbal y físicamente a su padre por lo que éste tuvo que defenderse. Sin embargo el indiciado presuntamente cogió una piedra y se la lanzó y después intentó agarrar un arma blanca pero la madre del procesado intervino. Es necesario recordar que las víctimas son adultos mayores.
A su vez según la investigación los hechos de violencia han sido repetitivos y a finales del mes de julio de este año el imputado ya había agredido a su padre quien tuvo que ser llevado a un centro clínico siendo valorado por Medicina Legal, que expidió una incapacidad médico legal definitiva de 10 días.
La Fiscalía también explicó que en septiembre del año 2020, al parecer, se habrían presentado otras agresiones por parte del joven contra sus padres, las cuales fueron denunciadas en esa época.
El 23 de septiembre en curso se hizo efectiva la captura por partes de funcionarios de la Policía.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
VHGB/FAGH/SMNF/DSC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
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