Es señalado de realizar 658 transferencias no consentidas a siete cuentas bancarias que abrió a su nombre en diferentes entidades financieras.
Por petición de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario al extesorero pagador de la empresa de energía de la isla de San Andrés, Jarold Holis Bowie Hooker, como presunto responsable de apoderarse de 15.000 millones de pesos que hacía parte del presupuesto de la entidad.
La actividad investigativa liderada por un fiscal de la Unidad de Hurtos y Estafas de la Dirección Seccional San Andrés, y un fiscal de la Dirección Especializada contra los Delitos Informáticos, da cuenta de que el exfuncionario utilizó su cargo para desviar los millonarios recursos, entre 2017 y 2023.
Al parecer, alteró en las planillas oficiales de pago los datos de los proveedores e incluyó como cuentas bancarias alternas siete productos financieros que abrió a su nombre en diferentes bancos. Posteriormente, desde un computador de la entidad hizo 658 transferencias no consentidas a sus cuentas.
Funcionarios del CTI, con apoyo de la Armada Nacional, realizaron diligencias de registro y allanamiento en el lugar de residencia del extesorero; y en un hostal, donde se produjo su captura, que habría sido construido con los dineros direccionados ilícitamente.
La Fiscalía le imputó los delitos de hurto por medios informáticos y semejantes agravado, acceso abusivo a un sistema informático agravado, daño informático, utilización ilícita de redes de comunicaciones y falsedad en documento privado. Todas estas conductas en la modalidad de delito continuado. Los cargos fueron aceptados.
Esta información de pública por razones de interés general.
LMFO/JAGR/DSSV/DECDI/MRC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.