Por el delito de concusión un fiscal seccional de Ipiales (Nariño) imputó cargos a los patrulleros de la Policía Nacional Armando Segura Klinger y Alexander Cadena Villota, quienes fueron cobijados con medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

En la primera fotografía aparece un hombre capturado, junto a personal del CTI y el Ejército. En la parte posterior de la imagen se ve un banner del Gaula Militar Nariño
Patrullero Jorge Alexander Cadena Villota (De negro y de frente).

 

Los hechos ocurrieron el 24 de febrero de 2022 en este municipio, cuando los uniformados presuntamente le exigieron a un ciudadano ecuatoriano el pago de un dinero para ayudarle a recuperar un vehículo hurtado.

El 26 de febrero el patrullero Segura Klinger al parecer recibió de manos de la víctima $3.000.000, presuntamente bajo la vigilancia y pleno conocimiento de su compañero de institución Cadena Villota, quien también habría recibido parte de esa suma.

En la segunda fotografía aparecen un hombre capturado junto a un funcionario del CTI. En la parte posterior se ve un banner de la Fiscalía General de la Nación
Patrullero Jorge Armando Segura Kingler.

El vehículo nunca fue recuperado por lo que el ciudadano extranjero decidió instaurar una denuncia contra los agentes.

Los uniformados, quienes se encontraban suspendidos del servicio, fueron capturados por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación junto con unidades del Gaula Militar y presentados ante un juez penal de control de garantías.

Tras la imputación los procesados no aceptaron cargos.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados. 

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JGP/CFG/LVB/DSN

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.