Según la investigación la víctima iba con sus familiares en una motocicleta y cuando paró a dejarlas porque reconoció a los agresores, los imputados le dispararon desde otro automotor. Fueron capturados minutos después.
El acervo probatorio presentado por un fiscal local de Corozal (Sucre), fue suficiente para que un juez avalara la solicitud de cobijar con medida intramural a Nilson Manuel Olivera Pérez y Arnel David Julio Julio por el delito de homicidio en concurso con porte de arma de fuego.
De acuerdo con el ente investigador el 16 de septiembre en curso la víctima, identificada como Ariel Martinez Avilez, iba en una motocicleta, en la carretera troncal de Ovejas (Sucre), junto con su pareja y una niña de 3 años cuando se detuvo a dejarlas al reconocer a los agresores.
En ese momento dos hombres que los seguían en una motocicleta también pararon y de ella descendió Arnel David Julio Julio quien, al parecer, habría disparado en varias ocasiones.
Los agresores se dieron a la huida y tras información aportada por un testigo se realizó un cierre vial que dio con la captura de los imputados en el sector La Europa, en Ovejas, en un control de infantería de la Marina. Allí fueron detenidos y a Julio Julio se le encontró un revólver en la pretina del pantalón con seis vainillas percutidas y ocho cartuchos en el pantalón.
Tras el hallazgo se les capturó en flagrancia. La víctima alcanzó a ser trasladada a un centro clínico donde falleció debido a las heridas.
Los imputados no aceptaron los cargos que le endilgó la Fiscalía.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
VHGB/FAGH/HM/DSS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.