El Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado, con funciones de conocimiento de Medellín (Antioquia), condenó al teniente coronel del Ejército, Beismarck Salamanca Nempeque, a 58 años de prisión y multa de 12.666 salarios mínimos legales mensuales para el año 2005, tras hallarlo penalmente responsable en calidad de autor del delito de concierto para delinquir agravado, en concurso heterogéneo con el delito de homicidio en persona protegida en concurso homogéneo sucesivo, con base en la investigación adelantada por la Dirección Nacional de Fiscalía Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

Los hechos por los cuales el oficial fue condenado tienen que ver con tres operaciones militares realizadas por la Agrupación de Fuerzas Especiales Antiterroristas Urbanas, conocida como Afeur, una unidad de operaciones especiales del Ejército, cuya misión principal son las acciones de contraterrorismo y de rescate de rehenes, ocurridas en Medellín entre 2004 y 2005, y que dejaron cinco víctimas, las cuales fueron presentadas como muertas en combate.

La primera de ellas se registró el 4 de junio de 2005, cuando miembros de la Afeur en cumplimiento de la misión táctica jungla, en el municipio de Caldas (Antioquia), dieron muerte a Luis Bernardo Álvarez; la segunda ocurrida el 7 de diciembre de 2004 en el corregimiento La Miel, del mismo municipio, cuando el destacamento Halcón en desarrollo de la operación Faraón, ocasionó la muerte de Juan Diego Flórez Vallejo y Alejandro Chaverra Vargas, y la ocurrida el 11 de octubre de 2004, cuando en aparente cumplimiento de la operación Faraón, las fuerzas especiales No. 5, ocasionaron la muerte de dos personas, un NN masculino y un NN femenino.

Como circunstancias concurrentes a los 3 sucesos anteriores se tiene que, las víctimas fueron llevadas bajo engaños hasta sitios inhóspitos y apartados de los cascos urbanos, en los cuales los militares procedieron a ejecutarlos.

Salamanca Nempeque fue vinculado formalmente mediante diligencia de indagatoria el 10 de febrero de 2012, diligencia en la que se le formularon cargos por homicidio agravado y concierto para delinquir agravado. Luego fue capturado el primero de agosto de 2012 en Bogotá y confinado en el Centro de Reclusión del Batallón de Policía Militar No. 13.

La resolución de acusación en su contra fue proferida el 25 de julio de 2013, por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado en concurso homogéneo, en razón a los hechos ocurridos el 11 de octubre de 2004, el 7 de diciembre de 2004 y el 4 de junio de 2005.

La decisión fue apelada por parte de la defensa y confirmada por la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá el 25 de julio de 2013, modificando la calificación jurídica en el sentido de que procedía por los delitos de homicidio en persona protegida y no de homicidio agravado, manteniendo incólume la atribución de responsabilidad por el ilícito atentatorio de la seguridad pública.

Luego de realizado el juicio, el Juez Cuarto Penal Especializado de Medellín condenó al oficial a 58 años de prisión con base en la decisión del Fiscal de segunda instancia respecto del cargo de homicidio en persona protegida.

 

AMC/DLBM