• También fue sentenciado Javier Mauricio Sabogal Jaramillo, exvicepresidente financiero de la desaparecida EPS.

  • Los dos directivos intervinieron en el apalancamiento ilícito de 14.000 millones de pesos provenientes de recursos de la salud.

Luego de valorar las pruebas presentadas en juicio oral por la Fiscalía General de la Nación, una juez penal del circuito de Bogotá condenó al expresidente de la desaparecida Saludcoop EPS, Carlos Gustavo Palacino Antía y el exvicepresidente financiero de la entidad, Javier Mauricio Sabogal Jaramillo, por los delitos de falsedad material en documento privado, fraude procesal y estafa, bajo la modalidad de delito continuado.

La decisión estableció que los sentenciados deberán cumplir una pena de 15 años y 10 meses de prisión; y pagar multas equivalentes a 1.010 salarios mínimos mensuales legales vigentes para la fecha en la que ocurrieron los hechos investigados.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción demostró que, entre el 1 de enero de 2010 y el 11 de mayo de 2011, Palacino Antía conoció de la expedición de 2.912 cheques por parte de la EPS, los cuales no fueron entregados a sus beneficiarios y en su lugar se guardaron o anularon.

Los títulos se emplearon para dar apariencia de legalidad a pagos a prestadores de servicios de salud y proveedores, que en realidad nunca se entregaron a sus destinatarios. Con esta maniobra, el entonces Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) desembolsó a favor de Saludcoop 14.000 millones de pesos por concepto de recobros.

Así mismo, se demostró que Sabogal Jaramillo, en su condición de vicepresidente financiero de la entidad en 2010, autorizó la expedición de 913 cheques que no fueron entregados a sus correspondientes destinatarios (IPS) los cuales facilitaron la radicación del mismo número de recobros al Fosyga por la suma de 9.673 millones de pesos.

Esta es la segunda condena en contra de Carlos Gustavo Palacino Antía por actos de corrupción de la desaparecida Saludcoop. Recientemente, el Tribunal Superior de Bogotá y lo sentenció a 9 años de prisión por irregularidades detectadas entre 2000 y 2004.

El fallo conocido hoy es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

LAGP/JARG/JAGR/DECC/MRC.

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.