La investigación se inició por aparentes sobrecostos, por 13 millones de pesos, detectados en un contrato para el suministro de mercados a la población.
Un fiscal de la Seccional Caquetá judicializó a Ruddy Jhulieth Imbus Calapzu, secretaria de Integración Social de la alcaldía de La Montañita (Caquetá); y al contratista Arcenio Narváez Tovar, por un presunto acto de corrupción.
El ente acusador le imputó cargos a la funcionaria por el delito de peculado por apropiación a favor de terceros, mientras que al contratista le endilgó peculado por apropiación. Los investigados no aceptaron su responsabilidad.
El 8 de abril de 2020 la Alcaldía, a través de la Secretaría de Integración Social, suscribió con Narváez Tovar el contrato 055, cuyo objeto era el suministro de mercados para la población vulnerable del casco urbano y rural del municipio, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria de los habitantes con ocasión de la pandemia del Covid -19. El contrato, por $79.997.576 y una vigencia de dos meses, fue ejecutado en el marco de la Calamidad Pública decretada por la Alcaldía Municipal.
La Secretaría habría aceptado los precios establecidos por el contratista sin tener en cuenta un estudio propio de mercado o análisis de unitarios que evitaran un detrimento patrimonial para la administración pública. A su vez, quien fue favorecido con la adjudicación en su propuesta comercial presuntamente aumentó considerablemente el valor unitario de los artículos; de esta manera al parecer se generaron sobrecostos por un valor de $13.765.376.
En el Direccionamiento Estratégico 2020 -2024 establecido por el Fiscal General, Francisco Barbosa Delgado, los delitos que afectan los recursos públicos fueron priorizados.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
LAGP/DLBM/EAC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.