Antes que una persona afronte un proceso penal por la presunta comisión de un delito, existe una etapa clave que es reservada conocida como indagación, en la cual se define si el vinculado afrontara una imputación de cargos. ¡Es una etapa clave para garantizar justicia sin apresurarse!

Es la primera fase de una investigación penal, en esta la Fiscalía determina la ocurrencia de los hechos y delimita los aspectos generales del presunto ilícito, quién lo cometió y si hay razones para continuar con el ejercicio de la acción penal.

La indagación inicia con la apertura de una noticia criminal que puede ser originada a través de denuncia, querella, petición especial, o de manera oficiosa.

En esta etapa:

  • Se reciben denuncias o reportes.
  • Se recolectan elementos materiales probatorios que permitan soportar la inferencia razonable de autoría de un delito.
  • No hay personas imputadas todavía.

La Fiscalía tendrá un término máximo de dos años contados a partir de la recepción de la noticia criminal para formular imputación u ordenar motivadamente el archivo de la indagación.

Este término máximo será de tres años cuando se presente concurso de delitos, o cuando sean tres o más los imputados. Cuando se trate de investigaciones por delitos que sean de competencia de los jueces penales del circuito especializado el término máximo será de cinco años.

El derecho a la defensa en la fase de indagación se expresa en la recopilación de pruebas así como también en la  participación en las audiencias preliminares, en las que su apoderado tendrá la potestad de oponerse a las pretensiones de la Fiscalía argumentando en contra de sus aspiraciones, pero además impugnando las decisiones del juez que afecten los intereses de su representado.

De otra parte, desde esta etapa las víctimas tienen derecho a ser informadas y protegidas.

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