En Colombia, la falsedad personal está contemplada en el Código Penal. Consiste en suplantar o sustituir a una persona, con el fin de obtener un provecho para sí o para un tercero, o causar un daño. ¡Infórmate y protege tu identidad!

Suplantar o sustituir a otra persona, o atribuirse su nombre, edad, estado civil o calidad que pueda tener efectos jurídicos, con el fin de obtener un beneficio para sí o para un tercero, causar daño o interferir en procedimientos legales o administrativos, es a lo que se conoce como falsedad personal. Un delito consagrado en el artículo 296 del Código Penal.

En Colombia, hacerse pasar por otra persona es un conducta ilícita a la que han recurrido los delincuentes para solicitar créditos, líneas telefónicas, hacer

transacciones comerciales, entre otras diferentes maniobras, que terminan por generar perjuicios económicos, legales o jurídicos a las víctimas.

Algunos de los casos más frecuentes son:

Suplantación en redes sociales. Es aprovechada por individuos que se presentan como un ciudadano específico para obtener información privada o cometer estafas.

Falsificación de documentos de identidad. Aquí son utilizados documentos espurios, fraudulentos o robados para acceder a servicios o productos a nombre de otra persona.

Suplantación en procesos judiciales o administrativos. Es cuando se hacen pasar por un tercero para entorpecer una acción judicial, evitar sanciones o condenas, u obtener decisiones favorables.

Si eres víctima de este delito actúa de inmediato ante la instancia competente y por vía administrativa para restaurar tu identidad; y denuncia en la línea 122 de la Fiscalía General de la Nación o ingresa a nuestra página web (www.fiscalia.gov.co) en el apartado ‘Denuncia Fácil’.