Se trata de un mecanismo judicial, a través del cual el Estado declara a su favor la propiedad de aquellos bienes que han sido adquiridos producto de actividades ilícitas, o sirven como medio o instrumento para la ejecución de estas.
Aquí, la Fiscalía General de la Nación impone medidas cautelares sobre propiedades y todo tipo de activos destinados para facilitar el desarrollo de actividades ilegales; o que fueron obtenidos con recursos ilícitos, producto del narcotráfico, la corrupción, el lavado de dinero, los daños a los recursos naturales, entre otros delitos.
¿Qué pasa con los bienes ocupados?
Tan pronto la Fiscalía interviene, los bienes afectados son entregados a la Sociedad de Activos Especiales (SAE), para su administración. Así inicia un proceso ante un juez de extinción de dominio, que en últimas deberá definir si las propiedades fueron obtenidas con dineros ilícitos o utilizadas para un acto ilegal. De ser así, el bien queda en poder del Estado, que podrá darle uso o subastarlo.
¡Ten presente!
A la hora de arrendar un inmueble, verifica y ejerce control sobre el uso que se le dará. En caso de ser destinado como medio o instrumento para la ejecución de actividades ilícitas, podría ser objeto de extinción de dominio.