Jesús Emel Rolón Arteaga sustraía municiones, armas de fuego, granadas y material de intendencia aprovechando que era soldado conductor en la Brigada 30 de la Cúcuta

Luego avalar el preacuerdo entre la Fiscalía General de la Nación y el procesado, un juez condenó a 6 años y 9 meses de prisión a Jesús Emel Rolón Arteaga.

Ante la contundencia del material probatorio recaudado en su contra, el hombre reconoció su participación dentro de una organización criminal dedicada a la comercialización de municiones, armas de fuego, granadas y material de intendencia que tenían como destino organizaciones criminales de Norte de Santander.

La Fiscalía estableció que Rolón Arteaga, quien fue capturado el 24 de setiembre de 2021, sustraía el material bélico aprovechando su oficio como soldado conductor en la Brigada 30 de la Cúcuta (Norte de Santander).

La Fiscalía lo imputó por los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos, concierto para delinquir agravado, hurto agravado y peculado por uso, por los que finalmente fue condenado.

Rolón Arteaga cumplirá la sentencia en la cárcel judicial de la capital nortesantandereana donde se encuentra recluido.

Con esta condena en la Seccional Norte de Santander se sigue dando cumplimiento al compromiso adquirido por la Fiscal General de la Nación (e), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos que afectan la seguridad ciudadana.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

MPHA/CFG/AOG/DSNS

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.